/ miércoles 13 de septiembre de 2023

CNDH emite recomendación al ISSSTE por deficiente atención otorgada a una adulta mayor

Emitió la Recomendación 127/2023 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Personal médico del Hospital Regional “1 de Octubre”, de la Ciudad de México, otorgaron una atención deficiente a una persona de 66 años que padecía delirium, trastorno de la sensibilidad en la pierna izquierda, infección en tejidos blandos y deterioro de la función respiratoria, lo que agravó su estado de salud y derivó en su lamentable fallecimiento.

Por ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 127/2023 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

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A decir de la queja interpuesta por familiares de la víctima, ésta ingresó el 24 de mayo de 2021 al mencionado hospital para que se le practicara una cirugía de columna y, luego de tres semanas, fue dada de alta.

Sin embargo, el 28 de junio del mismo año ingresó nuevamente al presentar fiebre, baja saturación de oxígeno, presión arterial, pérdida de conocimiento y sofocamiento.

De ahí que la CNDH inició la investigación correspondiente y contó con elementos para acreditar la vulneración a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno del paciente, así como al acceso a información en materia de salud de cuatro víctimas indirectas, toda vez que, en este último aspecto, el expediente clínico estaba integrado de manera incorrecta.

Se determinó que tras la intervención quirúrgica practicada, personal médico omitió que la víctima fuera valorada por la Unidad de Cuidados Intensivos o su transferencia al servicio de Medicina Interna ante la gravedad de su estado de salud y la presencia de sepsis (infección).

Tramitar su atención en el área de Nefrología para tratar una insuficiencia renal aguda y solicitar a los servicios de Infectología, Neurocirugía y/o Neurología que descartaran un choque medular por la ausencia de reflejos, entre otros signos de alarma.

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Por otro lado, aun cuando el paciente manifestó somnolencia, dolor, secreción por la herida, incapacidad para recuperar la fuerza muscular, pérdida de sensibilidad y reflejos en los miembros inferiores, inexplicablemente fue dado de alta de manera anticipada.

Dan de alta sin revisar

Asimismo, personal de la CNDH halló que las personas médicas tratantes en ningún momento requirieron el servicio de Geriatría para confirmar o descartar el delirium (déficit sensorial, polifarmacia e inmovilidad) y tampoco indicaron actividades estimulantes para evitar mayores complicaciones a su salud; además de que su ingreso a la Unidad de Cuidados Intensivos se realizó 90 días después de la sospecha de sepsis de foco urinario, por lo que su estado físico se agravó hasta perder la vida el 28 de agosto por choque séptico y meningitis bacteriana.

Deberá ordenar que se les brinde a las víctimas indirectas atención psicológica y tanatológica, de forma inmediata y sin costo alguno para ellas; instrumentar un programa de capacitación al que deberá asistir todo el personal médico de las áreas que intervinieron en la atención de la víctima y, especialmente, las personas servidoras públicas involucradas en las violaciones a los derechos humanos señaladas.

Como último punto de la Recomendación emitida, se solicita a las autoridades del ISSSTE su colaboración para dar seguimiento a la investigación que, para deslindar responsabilidades, inicie la CNDH ante las instancias correspondientes.

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Personal médico del Hospital Regional “1 de Octubre”, de la Ciudad de México, otorgaron una atención deficiente a una persona de 66 años que padecía delirium, trastorno de la sensibilidad en la pierna izquierda, infección en tejidos blandos y deterioro de la función respiratoria, lo que agravó su estado de salud y derivó en su lamentable fallecimiento.

Por ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 127/2023 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

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A decir de la queja interpuesta por familiares de la víctima, ésta ingresó el 24 de mayo de 2021 al mencionado hospital para que se le practicara una cirugía de columna y, luego de tres semanas, fue dada de alta.

Sin embargo, el 28 de junio del mismo año ingresó nuevamente al presentar fiebre, baja saturación de oxígeno, presión arterial, pérdida de conocimiento y sofocamiento.

De ahí que la CNDH inició la investigación correspondiente y contó con elementos para acreditar la vulneración a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno del paciente, así como al acceso a información en materia de salud de cuatro víctimas indirectas, toda vez que, en este último aspecto, el expediente clínico estaba integrado de manera incorrecta.

Se determinó que tras la intervención quirúrgica practicada, personal médico omitió que la víctima fuera valorada por la Unidad de Cuidados Intensivos o su transferencia al servicio de Medicina Interna ante la gravedad de su estado de salud y la presencia de sepsis (infección).

Tramitar su atención en el área de Nefrología para tratar una insuficiencia renal aguda y solicitar a los servicios de Infectología, Neurocirugía y/o Neurología que descartaran un choque medular por la ausencia de reflejos, entre otros signos de alarma.

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Por otro lado, aun cuando el paciente manifestó somnolencia, dolor, secreción por la herida, incapacidad para recuperar la fuerza muscular, pérdida de sensibilidad y reflejos en los miembros inferiores, inexplicablemente fue dado de alta de manera anticipada.

Dan de alta sin revisar

Asimismo, personal de la CNDH halló que las personas médicas tratantes en ningún momento requirieron el servicio de Geriatría para confirmar o descartar el delirium (déficit sensorial, polifarmacia e inmovilidad) y tampoco indicaron actividades estimulantes para evitar mayores complicaciones a su salud; además de que su ingreso a la Unidad de Cuidados Intensivos se realizó 90 días después de la sospecha de sepsis de foco urinario, por lo que su estado físico se agravó hasta perder la vida el 28 de agosto por choque séptico y meningitis bacteriana.

Deberá ordenar que se les brinde a las víctimas indirectas atención psicológica y tanatológica, de forma inmediata y sin costo alguno para ellas; instrumentar un programa de capacitación al que deberá asistir todo el personal médico de las áreas que intervinieron en la atención de la víctima y, especialmente, las personas servidoras públicas involucradas en las violaciones a los derechos humanos señaladas.

Como último punto de la Recomendación emitida, se solicita a las autoridades del ISSSTE su colaboración para dar seguimiento a la investigación que, para deslindar responsabilidades, inicie la CNDH ante las instancias correspondientes.

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