El Congreso de la Ciudad de México aprobó por mayoría la iniciativa propuesta por el jefe de Gobierno Martí Batres, para sancionar con arresto, multa o trabajo comunitario la venta de alcohol en la vía pública y la instalación de chelerías.
La propuesta fue avalada por 62 votos a favor y modifica la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, que considera una infracción contra la seguridad ciudadana el vender bebidas alcohólicas en la calle, con excepción de casos como establecimientos ubicados en ferias, romerías o festividades, que cuenten con autorización y permiso de las instancias administrativas competentes.
Esto dice la Ley de Cultura Cívica de la CDMX
En su artículo 28 enlista 17 motivos de infracción; sin embargo, ninguno habla particularmente de la venta sin permiso de bebidas alcohólicas en la vía pública, aunque sí menciona acciones que se podrían derivar de actividades relacionadas con las chelerías.
Punto II. Impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía y el espacio público, la libertad de tránsito o de acción de las personas, siempre que no exista permiso ni causa justificada para ello, para estos efectos, se entenderá que existe causa justificada siempre que la obstrucción del uso de la vía pública, de la libertad de tránsito o de acción de las personas sea inevitable y necesaria y no constituya en sí misma un fin, sino un medio razonable de manifestación de las ideas, de expresión artística o cultural de asociación o de reunión pacífica.
Punto III. Usar el espacio público sin contar con la autorización que se requiera para ello.
Punto V. Ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados o consumir, ingerir, inhalar o aspirar estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias tóxicas en lugares públicos, independientemente de los delitos en que se incurra por la posesión de los estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias toxicas.
Punto VIII. Reñir con una o más personas.
¿De cuánto es la multa?
Así que vender bebidas alcohólicas en la calle se sancionará con una multa de 21 Unidades de Medida Actualización (2 mil 171 a 3 mil 257 pesos), o un arresto de 25 a 36 horas, o trabajo comunitario de 12 a 18 horas.
¿Serán ilegales las chelerías?
Con esta iniciativa aprobada en el Congreso, la respuesta es sí, a menos de que los establecimientos callejeros cumplan o tramiten los permisos correspondientes expedidos por las autoridades.
Al respecto, la diputada Yuriri Ayala, secretaria de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, precisó:
“Estos puntos de venta irregulares generan múltiples problemas que van desde la perturbación del orden público, el incremento de accidentes de tránsito hasta la violencia asociada al consumo inmoderado del alcohol; además de afectar gravemente la calidad de vida de la ciudadanía. Asimismo, el crecimiento desmedido de las llamadas chelerías han incentivado el consumo de alcohol entre jóvenes y menores de edad, además de carecer de controles sanitarios mínimos sobre la calidad del alcohol que se vende”, expuso.
Por lo anterior, dijo, esta reforma no sólo busca crear un efecto disuasorio, sino también facilitar la labor de las autoridades encargadas de la vigilancia y el control del comercio de bebidas alcohólicas “dotándolas de una herramienta jurídica adecuada para combatir estas prácticas”.
Royfid Torres, de Movimiento Ciudadano, comentó que, si bien estas reformas contra las chelerías son necesarias, falta ver si se pueden aplicar correctamente y si no hay permisividad de las autoridades.
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