Si concesionarios de transporte público no cuentan con seguro para daños a terceros se les revocará la concesión

Asimismo las agravantes como manejar en estado de ebriedad, usando el teléfono, darse a la fuga se incorporan al código penal

Hilda Escalona| La Prensa

  · miércoles 19 de mayo de 2021

Foto: Cortesía

Para evitar que se repitan hechos de tránsito en donde alguna persona pierda la vida, la Secretaría de Movilidad presentó diversas reformas que ahora incorpora agravantes, nuevos lineamientos en las pólizas de seguridad de los transportistas, la licencia tipo A1 para motocicletas y la reincidencia de faltas durante el operativo alcoholímetro, informó el titular de Semovi, Andrés Lajous Loaeza.

El funcionario explicó que ahora se incorporan al Código Penal conductas de riesgo como conducir en estado de ebriedad u otras sustancias, no auxiliar a la víctima o darse a la fuga, ir a exceso de velocidad, conducir utilizando el celular o cualquier dispositivo de comunicación y evadir un punto de revisión de ingesta de alcohol.

La finalidad es combatir la impunidad y proteger a todas las personas usuarias de la vía en la Ciudad de México.

También habrá nuevos lineamientos a la cobertura mínima para pólizas de seguros y daños a terceros. Y se explica que se revocará la concesión a cualquier transporte concesionado si no cuenta con póliza de seguro con las características y coberturas establecidas, por estar involucrado en un hecho de tránsito fatal o hasta en tres hechos de tránsito con lesiones.

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Además habrá sistema automatizado de revisión de estas pólizas, a través de un webservice compartido con AMIS, explicó el funcionario.

Sobre el tema, la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo aclaró que se trata de agravantes pues sigue siendo un homicidio como está categorizado actualmente en el Código Penal por hecho de tránsito pero se trata de agravantes en donde las penas pueden aumentar en caso de haber un incidente que tenga que ver con hospitalizaciones o un fallecimiento.

Por su parte, María Fernanda Rivera Flores, Directora General de Seguridad Vial y Sistemas de Movilidad Urbana Sustentable comentó: “Son conductas que ahora se consideran agravantes en caso de que ocurra un homicidio por hechos de tránsito o lesiones culposas, en el caso de lesiones ahora se van a seguir por oficio y ya no por querella y en el caso de homicidios o lesiones graves, se incorpora una ampliación de las penas que pasa de 4 a 10 años a cinco años, tres meses y 3 años tres meses, si cumple con estas agravantes que se incorporaron como es conducir a exceso de velocidad, consumir alcohol darse a la fuga, evitar algún punto de alcoholímetro, porque son esas conductas de riesgo que sí producen homicidios por hechos de tránsito”.

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La funcionaria también detalló que a los concesionarios de transporte público ya se le revoca la concesión de cualquier unidad que esté relacionada en hechos de tránsito.

“Lo que se está haciendo es el fortalecimiento legal a través de la ley de movilidad para que esto quede mucho más claro para todas las personas concesionarias para todo el transporte público, hoy y ya se revocan o suspensiones”.

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