En México, el impuesto predial recauda el 0.2% del Producto Interno Bruto (PIB) y la Ciudad de México es la plaza del país que más recursos recauda por este concepto tributario, informó Leonardo González, analista de Real Estate de Propiedades.com.
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En la capital del país el pago del predial 2023 va desde los 222 pesos hasta los 66,724.4 pesos, informó el analista inmobiliario al precisar que el gobierno de la Ciudad de México aplica un descuento en el pago del impuesto predial a las personas que realizan el depósito en los primeros meses del año, como un mecanismo para incentivar la recaudación.
Al inicio de año, uno de los impuestos que la ciudadanía tiene más presente es el pago del predial. Se trata de una obligación de todos los propietarios de un inmueble, con la que se grava el valor de una vivienda, oficina, local o predio.
Leonardo González, explicó que el predial sirve para invertir en obras, mantenimiento, remodelación de espacios y más acciones que buscan mejorar el estilo de vida de los habitantes.
“Es una cantidad de dinero que los propietarios de un inmueble entregan a los gobiernos municipales, como forma de tributo, para el beneficio de la población”.
Añade que cada municipio determina el valor, las medidas de recaudación y las promociones para incentivar el pronto pago del impuesto predial por parte de los contribuyentes locales.
Cálculo del impuesto predial
Explicó que para hacer el cálculo del impuesto predial, se emplean tablas de valores del tributo al valor catastral y se puede determinar mediante la aplicación de valores unitarios del suelo y construcciones sobre la superficie del inmueble, de acuerdo con la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México (SAF).
Leonardo González señaló que los valores unitarios del suelo dependen si están ubicados en área de valor, enclave de valor o corredor de valor; Área de valor: implica un cálculo con base en varias manzanas (grupo de viviendas ubicadas en la misma área) que tienen características similares en cuanto a infraestructura, servicios, tipos de inmuebles (casas, unifamiliares, condominios, locales, fábricas, etc.) y dinámica inmobiliaria.
Indicó que el Enclave de valor se hace cuando una porción de manzanas o lotes habitacionales son notoriamente diferentes en valor y características respecto de los demás en un área específica.
Y el Corredor de valor: se realiza cuando el inmueble se encuentra en una avenida importante o muy transitada, porque estas aumentan el valor comercial de una propiedad al incrementar la actividad económica de la zona. El cálculo se aplica aun cuando el inmueble no tiene un acceso principal sobre la vialidad en cuestión.
Además, el valor de la construcción se determina en función del tipo de inmueble (habitacional o comercial), y de los siguientes elementos: número de pisos, por ejemplo, sí es departamento de dos pisos en un edificio de 10 niveles; superficie del terreno; tamaño de la construcción.
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Pago del predial
Detalló que en 2023, en Ciudad de México (CDMX), el pago del impuesto predial va desde los 222 pesos hasta los 66,724.4 pesos. En México, el impuesto predial recauda el 0.2% del PIB y la CDMX es la plaza del país que más colecta por este tributo, según lo indicó Leonardo González.
El impuesto predial se paga, así como se calcula, de manera anual. El pago se hace preferentemente los primeros dos meses del año y se puede realizar en las oficinas de la SAF, a través de su plataforma o en bancos.
Finalmente, si no se desea hacer el pago del impuesto predial en línea, la persona debe acudir con tu formato a cualquier módulo de la tesorería.
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Descuento o condonación
Los contribuyentes tienen la oportunidad de realizar el pago de manera bimestral, solicitándolo mediante la SAF, también, con línea de captura. Quienes no pueden acceder a este beneficio son los contribuyentes que aportan la cuota mínima, como es el caso de los jubilados, pensionados y mayores de 60 años.
Para la CDMX, los contribuyentes pueden acceder a una condonación del 30% del impuesto predial. Esta condonación es exclusiva de los propietarios de un inmueble cuyo valor catastral no excede de 2, 323,374 pesos y tiene uso exclusivamente habitacional.
Los beneficiarios deben acreditar ser jubilados, pensionados (por cesantía en edad avanzada, vejez, incapacidad por riesgos de trabajo o invalidez), viudas pensionadas, huérfanos pensionados o adultos mayores sin ingresos fijos y de escasos recursos.
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