CDHCM emite Recomendación por muertes violentas en centros penitenciarios

La Segunda Visitaduría General documentó hechos que ocurrieron entre 2016 y 2018; los fallecimientos derivaron de riñas, pleitos y ajustes de cuentas entre personas privadas de su libertad

Patricia Carrasco | La Prensa

  · lunes 2 de noviembre de 2020

Archivo | La Prensa

Se vulneró el derecho a la vida de siete personas, como consecuencia de la omisión del personal de los centros penitenciarios para cumplir su deber reforzado de cuidado, respecto de la vida de las personas privadas de la libertad, bajo la custodia del Estado, aseguró la titular de la Comisión de Derechos Humanos, Nashieli Ramírez Hernández.

Sumado a ello, agregó, la autoridad omitió también realizar un adecuado control en el ingreso, para evitar la presencia de objetos y sustancias prohibidas en los centros penitenciarios, que ponen en riesgo a la población.

La muerte violenta de las siete personas trastocó, además, de manera inevitable, la vida de sus familiares, algunos de ellos identificados como víctimas indirectas en esta Recomendación. Entre ellas, se encuentran dos niños, tres niñas y tres adolescentes, a quienes se suman otras 11 personas más, indicó.

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La Segunda Visitaduría General documentó hechos que ocurrieron entre 2016 y 2018; los fallecimientos derivaron de riñas, pleitos y ajustes de cuentas entre personas privadas de su libertad.

Ante la actual discusión legislativa, orientada a aumentar el catálogo de delitos por los cuales se permitirá la prisión preventiva oficiosa, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) hizo un enérgico llamado a considerar los impactos integrales que tendrá el rompimiento del espíritu de la Reforma Constitucional en materia de Justicia Penal en el país, entre los cuales está el aumento de la población penitenciaria, lo que puede resultar en el agravamiento de las violaciones a derechos humanos, como las documentadas en la Recomendación 03/2020.

Ramírez Hernández durante la presentación de dicho instrumento recomendatorio señaló que la recomendación fue dirigida a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México, como autoridad responsable.

Los fallecimientos derivaron de riñas, pleitos y ajustes de cuentas entre personas privadas de libertad, y en ellas se evidencia no solo una omisión en el deber de cuidado por parte de personal técnico penitenciario y de custodia, sino una situación de violencia generalizada en los centros.

La presidenta de la CDHCM afirmó que hechos similares ya habían sido motivo de la Recomendación 18/2015, en la cual se documentó 40 casos que acumulaban 46 víctimas de muerte violenta dentro de los centros penitenciarios, del entonces Distrito Federal. Un elemento detonante de las muertes violentas fue el hacinamiento.

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Para la CDHCM, enfatizó, es preciso asegurar que los diseños institucionales penitenciarios realmente contribuyan a resolver el problema originario al que buscan dar respuesta, y no a agravarse. Un delito llevó a las personas a cumplir una sanción, y no puede pasar por alto que otro delito les lleve a perder la vida.

Entre los puntos que incluye la Recomendación 03/2020 destacan el impulsar la inscripción de las víctimas indirectas al Registro de Víctimas de la Ciudad de México para la aprobación de planes individuales de reparación integral por parte de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la Ciudad de México.

También ejecutar todas las medidas contenidas en los planes de reparación aprobados, bajo los principios de máxima protección, debida diligencia y no victimización secundaria.

De igual forma realizar un acto público en el que se emita un pronunciamiento que establezca un compromiso explícito para continuar adoptando medidas encaminadas a abatir muertes de personas bajo la custodia de la autoridad penitenciaria, derivada de riñas, pleitos o ajustes de cuentas, entre otros.

En tanto, el Segundo Visitador General de la CDHCM, Iván García Gárate, explicó que los expedientes de queja que integran la Recomendación iniciaron –a excepción de uno- a petición de parte. Respecto del caso que se inició de oficio, durante el transcurso de la investigación se pudo contactar a la víctima indirecta y recabar su consentimiento para concluirla.

Se solicitó información a los diferentes centros penitenciarios, a las unidades médicas de los mismos, así como a hospitales de la Ciudad de México. También se solicitó la colaboración de distintas autoridades como el Instituto de Ciencias Forenses y la Procuraduría General de Justicia (ahora Fiscalía), del entonces Distrito Federal. Así como entrevistas a víctimas indirectas.