La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México atendió de 2022 a 2023 a un total de mil 293 niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad, debido a que sus madres fueron víctimas de feminicidio, o bien, se encuentran en calidad de desaparecidas.
Las dos alertas de género que existen en el Estado de México tienen que ver precisamente con los asesinatos de mujeres y con la no localización de ellas, por lo que las autoridades han tenido que brindar atención integral a los menores en desamparo.
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En un balance dado a conocer por dicha comisión, se establece que en los últimos dos años y cinco cuatro meses se han atendido a 97 mil 827 personas ante diversas situaciones de agravio. Algunas de las agresiones tienen que ver con lesiones, violencia familiar, robo con violencia, abuso sexual y sustracción de hijas e hijos y acoso sexual.
También sobresalen delitos de alto impacto como homicidios, violación, feminicidios, secuestros, desaparición de personas y extorsión. A las víctimas de estos ilícitos se les brinda atención integral.
Según la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México se provee de servicios multidisciplinarios y especializados de primer contacto en psicología, trabajo social, orientación y atención jurídica, para las víctimas u ofendidos del delito y de violación a derechos humanos.
Esta comisión es un órgano desconcentrado de la Consejería Jurídica del gobierno del Estado de México, encargado de brindar atención multidisciplinaria a personas en situación de víctimas u ofendidas del delito.
La atención se centra en tres áreas: jurídica, psicosocial y de trabajo social; quienes están encargadas de brindar atención de acuerdo a las necesidades primarias de cada persona.
En casos en los que se requiere atención especializada de otras Instituciones la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México realiza las gestiones para que los usuarios sean recibidos y atendidos.
Es la institución encargada de dar atención a las víctimas y ofendidas/os del delito y de violaciones a derechos humanos, cuando éstas deriven de la comisión de un delito, mediante la asistencia médica, psicológica, de trabajo social, orientación legal, defensa y patrocinio jurídico en las materias; penal, civil, familiar, mercantil y juicio de amparo.
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