/ jueves 6 de junio de 2024

Niegan amparo a Grupo Elektra por adeudos con el SAT por más de 2 mil mdp

Grupo Elektra tendrá la oportunidad de impugnar esta nueva resolución en una tercera instancia ante la SCJN

Un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa le negó un amparo a Grupo Elektra para el pago de adeudos fiscales al Servicio de Administración Tributaria (SAT), por más de dos mil millones de pesos.

De acuerdo con la resolución de la autoridad, Grupo Elektra, propiedad del mexicano Ricardo Salinas Pliego, deberá pagar al fisco alrededor de dos mil 11 millones de pesos por un adeudo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 2008.

En el amparo presentado por la compañía, se argumentó que estos impuestos no se pagaron porque en aquel año enfrentó una serie de pérdidas financieras, derivadas de la venta de acciones de otras empresas.

La empresa impugnó la decisión de la autoridad tributaria mediante un juicio en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sin embargo, la sentencia en primera instancia fue favorable al SAT, por lo que la empresa objetó en una segunda instancia.

Ahora, Grupo Elektra tendrá la oportunidad de impugnar esta nueva resolución en una tercera instancia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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Según información financiera de la compañía, al cierre del año pasado se tienen litigios fiscales por más de 28 mil 332 millones de pesos por presuntos adeudos del 2006 al 2024.

Un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa le negó un amparo a Grupo Elektra para el pago de adeudos fiscales al Servicio de Administración Tributaria (SAT), por más de dos mil millones de pesos.

De acuerdo con la resolución de la autoridad, Grupo Elektra, propiedad del mexicano Ricardo Salinas Pliego, deberá pagar al fisco alrededor de dos mil 11 millones de pesos por un adeudo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 2008.

En el amparo presentado por la compañía, se argumentó que estos impuestos no se pagaron porque en aquel año enfrentó una serie de pérdidas financieras, derivadas de la venta de acciones de otras empresas.

La empresa impugnó la decisión de la autoridad tributaria mediante un juicio en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sin embargo, la sentencia en primera instancia fue favorable al SAT, por lo que la empresa objetó en una segunda instancia.

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