Esta tarde el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito resolvió que el juez Benito Arnulfo Zurita incumplió una sentencia de amparo que le ordenaba proteger a Grupo Oro Negro, conforme al artículo 87 de la Ley de Concursos Mercantiles por lo que debería de evitar loa venta de sus activos.
La resolución señala que el amparo era para evitar la ejecución de garantías, misma que fue llevada a cabo por los bonistas a quienes Oro Negro les debía unos 900 millones de dólares.
El amparo serviría para que el grupo corporativo permaneciera protegido mientras enfrentaba el concurso mercantil al que estaba sometida. La decisión del tribunal fue por unanimidad, a favor votaron el magistrado presidente, José Juan Bracamontes Cuevas, la magistrada María del Refugio González Tamayo y el magistrado Abraham S. Marcos Valdés, el 30 de octubre de este año.
El Juez Segundo de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México, se rehusó a asumir, en repetidas ocasiones, su competencia, comprometiendo la viabilidad de Oro Negro.
Esta resolución muestra que la ejecución de las garantías, llevada a cabo por los bonistas es violatoria de las leyes mexicanas, por lo que el Juez Segundo de Distrito en Materia Civil deberá llevar a cabo los actos necesarios para dejar sin efectos dichas ejecuciones y asegurar el puntual cumplimiento de la protección Constitucional al Grupo Oro Negro, por lo que ahora tendrá que ordenarse que los bonistas devuelvan al Grupo Oro Negro las sociedades singapurenses de las que dicen haber tomado control, así como las plataformas marinas que pretendían vender.
Esto significa un revés para los bonistas, quienes seguramente deberán indemnizar al Grupo Oro Negro por los daños y perjuicios que le causaron durante meses de litigio y el deterioro de su empresa.
ADM