/ jueves 25 de febrero de 2021

COFECE da carpetazo a investigación por presuntos monopolios de empresas cerveceras

Un Tribunal especializado ordenó a Cofece reabrir investigación y pronunciarse respecto de conductas realizadas por Grupo Modelo y Cervecería Cuauhtémoc

Ciudad de México a 2 de diciembre de 2020. El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), en desacato a lo resuelto por un Tribunal Especializado, resolvió en sesión del 24 de noviembre de 2020 cerrar el expediente de investigación que había iniciado desde julio de 2010 por denuncia de distribuidores independientes de cerveza, por la probable existencia de prácticas monopólicas relativas cometidas por Grupo Modelo, S.A.B. de C.V. y Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma, S.A. de C.V.

Las prácticas que se denunciaron e investigaron por la Cofece, consisten en el otorgamiento de descuentos o incentivos por parte de las dos cerveceras a sus clientes, a cambio de exclusividades en la comercialización y venta de cervezas en el país, y con ello, el ilegal desplazamiento a otros agentes en el mercado.

En el año 2013, la Cofece habría cerrado de forma anticipada su procedimiento de investigación DE-012-2010, en virtud de que las cerveceras de manera voluntaria ofrecieron llevar a cabo diversos compromisos para supuestamente corregir las prácticas monopolísticas que realizaban, a cambio de que la Cofece decretara la terminación anticipada de la investigación, sin imputarles responsabilidad alguna. Específicamente, las cerveceras se comprometieron a reducir el porcentaje de exclusividades en puntos de venta tales como restaurantes y establecimientos del canal tradicional.

No obstante, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República (Tribunal Especializado), después de más de 7 años de litigio, resolvió en septiembre de 2020, que los compromisos presentados por las cerveceras no cumplían con los requisitos previstos en la Ley Federal de Competencia Económica y ordenó, por ende, que la Cofece debía reponer el procedimiento para analizar a fondo las conductas investigadas.

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El propio Tribunal Especializado, partió de la premisa de que, tomando en consideración la participación de mercado que tienen las cerveceras con base en su volumen de ventas, y el número de exclusividades que tienen pactadas en el mercado, las conductas investigadas podrían ser contrarias a la Ley, conforme los parámetros establecidos a nivel internacional, tales como por ejemplo, en la Unión Europea. Asimismo, el Tribunal Especializado señaló que por la naturaleza de la acusación, existe una presunción de que los denunciantes hayan sufrido daños y perjuicios, y por ende, que la Cofece estaba obligada a emitir un pronunciamiento de fondo en el asunto.

Sin embargo, tanto la Autoridad Investigadora de la Cofece, como el Pleno de la misma, en elusión a la sentencia de amparo emitida por el Tribunal Especializado, y en una resolución inconsistente y en total contrasentido, resolvieron cerrar de un plumazo y sin el rigor y motivación suficientes, el expediente de investigación aún cuando en su resolución de 2013, habían resuelto que sí existían prácticas que se debían corregir en el mercado de la distribución y comercialización de cervezas, y precisamente por ello, aceptaron los compromisos que voluntaria y expresamente ofrecieron en aquel año tanto Modelo, como Cuauhtémoc para supuestamente corregir el mercado.

El Pleno de la Cofece incluso reconoció en la resolución de noviembre de 2020, que el análisis y conclusiones elaboradas por la Autoridad Investigadora en su proyecto de dictamen de cierre del procedimiento, son incorrectas, ya que parten de premisas que podrían ser distintas, que no se llevaron a cabo ciertos análisis, ni se plasmó cierta información, e incluso, sostiene que en la investigación se debieron haber realizado mayores esfuerzos, y que debido a dichas deficiencias, el Pleno se ve imposibilitado de pronunciarse y por ende, debe cerrar el expediente.

Así, por una parte, el propio Pleno de la Cofece reconoce expresamente el indebido e ilegal actuar de la Autoridad Investigadora, pero al mismo tiempo incurre igualmente en la emisión de una resolución ilegal en perjuicio del mercado y de todos los agentes que pudieron verse afectados por las prácticas monopólicas desplegadas por años por ambas cerveceras, por haber sido omiso en analizar él mismo, las constancias del expediente de investigación, las pruebas ofrecidas y obtenidas por la propia Autoridad Investigadora, la resolución de amparo dictada por el Tribunal Especializado, entre otros, y haber determinado si las conductas investigadas son contrarias a la Ley de competencia.

El Pleno de la Cofece, en un actuar ilegal e incluso yendo en contra del mandato Constitucional que la crea, resolvió que era más fácil cerrar el expediente, e ignorar la afectación generada por Modelo y Cuauhtémoc, en un mercado tan importante para México y que puede tener graves repercusiones tanto al interior como al exterior de nuestro país.

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Ciudad de México a 2 de diciembre de 2020. El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), en desacato a lo resuelto por un Tribunal Especializado, resolvió en sesión del 24 de noviembre de 2020 cerrar el expediente de investigación que había iniciado desde julio de 2010 por denuncia de distribuidores independientes de cerveza, por la probable existencia de prácticas monopólicas relativas cometidas por Grupo Modelo, S.A.B. de C.V. y Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma, S.A. de C.V.

Las prácticas que se denunciaron e investigaron por la Cofece, consisten en el otorgamiento de descuentos o incentivos por parte de las dos cerveceras a sus clientes, a cambio de exclusividades en la comercialización y venta de cervezas en el país, y con ello, el ilegal desplazamiento a otros agentes en el mercado.

En el año 2013, la Cofece habría cerrado de forma anticipada su procedimiento de investigación DE-012-2010, en virtud de que las cerveceras de manera voluntaria ofrecieron llevar a cabo diversos compromisos para supuestamente corregir las prácticas monopolísticas que realizaban, a cambio de que la Cofece decretara la terminación anticipada de la investigación, sin imputarles responsabilidad alguna. Específicamente, las cerveceras se comprometieron a reducir el porcentaje de exclusividades en puntos de venta tales como restaurantes y establecimientos del canal tradicional.

No obstante, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República (Tribunal Especializado), después de más de 7 años de litigio, resolvió en septiembre de 2020, que los compromisos presentados por las cerveceras no cumplían con los requisitos previstos en la Ley Federal de Competencia Económica y ordenó, por ende, que la Cofece debía reponer el procedimiento para analizar a fondo las conductas investigadas.

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El propio Tribunal Especializado, partió de la premisa de que, tomando en consideración la participación de mercado que tienen las cerveceras con base en su volumen de ventas, y el número de exclusividades que tienen pactadas en el mercado, las conductas investigadas podrían ser contrarias a la Ley, conforme los parámetros establecidos a nivel internacional, tales como por ejemplo, en la Unión Europea. Asimismo, el Tribunal Especializado señaló que por la naturaleza de la acusación, existe una presunción de que los denunciantes hayan sufrido daños y perjuicios, y por ende, que la Cofece estaba obligada a emitir un pronunciamiento de fondo en el asunto.

Sin embargo, tanto la Autoridad Investigadora de la Cofece, como el Pleno de la misma, en elusión a la sentencia de amparo emitida por el Tribunal Especializado, y en una resolución inconsistente y en total contrasentido, resolvieron cerrar de un plumazo y sin el rigor y motivación suficientes, el expediente de investigación aún cuando en su resolución de 2013, habían resuelto que sí existían prácticas que se debían corregir en el mercado de la distribución y comercialización de cervezas, y precisamente por ello, aceptaron los compromisos que voluntaria y expresamente ofrecieron en aquel año tanto Modelo, como Cuauhtémoc para supuestamente corregir el mercado.

El Pleno de la Cofece incluso reconoció en la resolución de noviembre de 2020, que el análisis y conclusiones elaboradas por la Autoridad Investigadora en su proyecto de dictamen de cierre del procedimiento, son incorrectas, ya que parten de premisas que podrían ser distintas, que no se llevaron a cabo ciertos análisis, ni se plasmó cierta información, e incluso, sostiene que en la investigación se debieron haber realizado mayores esfuerzos, y que debido a dichas deficiencias, el Pleno se ve imposibilitado de pronunciarse y por ende, debe cerrar el expediente.

Así, por una parte, el propio Pleno de la Cofece reconoce expresamente el indebido e ilegal actuar de la Autoridad Investigadora, pero al mismo tiempo incurre igualmente en la emisión de una resolución ilegal en perjuicio del mercado y de todos los agentes que pudieron verse afectados por las prácticas monopólicas desplegadas por años por ambas cerveceras, por haber sido omiso en analizar él mismo, las constancias del expediente de investigación, las pruebas ofrecidas y obtenidas por la propia Autoridad Investigadora, la resolución de amparo dictada por el Tribunal Especializado, entre otros, y haber determinado si las conductas investigadas son contrarias a la Ley de competencia.

El Pleno de la Cofece, en un actuar ilegal e incluso yendo en contra del mandato Constitucional que la crea, resolvió que era más fácil cerrar el expediente, e ignorar la afectación generada por Modelo y Cuauhtémoc, en un mercado tan importante para México y que puede tener graves repercusiones tanto al interior como al exterior de nuestro país.

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