/ lunes 5 de agosto de 2024

Colaboración del Magistrado Benjamín Rubio | Hagamos una sola defensoría pública

Una de las instituciones de gran nobleza del sistema judicial mexicano es la defensa pública, derecho humano contenido en el de articulo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce el derecho de acceso a la justicia.

Nuestro país desafortunadamente tiene un alto porcentaje de personas en situación de vulnerabilidad ya sea por pobreza, extrema pobreza o por no gozar de mínimos derechos humanos.

Esa circunstancia por si sola permite advertir que tenemos un grueso de personas que difícilmente acuden al sistema judicial por carecer de recursos económicos, por la distancia entre los lugares donde se vive y donde hay instancias de procuración de justicia o judiciales, o por ignorar los derechos que se tienen.

De ahí que se debe fortalecer el sistema de defensa publica, sobran millones de razones para realizarlo, pues son millones de personas que se encuentran en esa situación en nuestro país, y están colocados en desventaja para afrontar cualquier exigencia de derechos.

En nuestro Estado Mexicano se dividió la defensa publica por materias y competencias (local, federal, agraria y laboral), sin justificación constitucional alguna, simplemente por un seguimiento en la manera en que se dividió la soberanía de la justicia.

Así en nuestro sistema encontramos defensorías publicas locales, la defensoría publica federal, los procuradores del trabajo y los de materia agraria, es decir, muchas instituciones creadas para el mismo fin, pero diseñadas con diferentes visiones, presupuestos, y con sistemas organizacionales diversos.

Lo anterior es un problema que abona a tener una defensa publica débil en el país, en el que por regla general el justiciable desconfía de esta y el foro ha propagado la fama que ahí se otorga un mal servicio.

Afirmar lo anterior tiene sus razones, parecería que una buen defensa radica en la suerte de donde viva y el tipo de materia, porque dependiendo de ello será el tipo de defensor que tenga a mi disposición, si estoy frente a un problema de competencia federal, entonces será probable que la defensoría publica federal me designe el servicio y con ello tendré la oportunidad de recibir algo mejor, caso contrario si es un problema de competencia local en el cual la probabilidad de tener un buen servicio se reduce.

Y no me juzguen mal los compañeros defensores públicos locales, es un hecho notorio que con excepción de la defensoría pública federal, en su mayoría las demás defensorías carecen de un buen sistema de ingreso y permanencia de su personal, sus prestaciones laborales son indignas por tener bajos salarios, falta de capacitación permanente y tener en exceso de asuntos que impide a la larga tener tiempo suficiente para hacer buenas defensas, ademas de no tener la prohibición de dedicarse a otro servicio.

Solo a manera de ejemplo, la defensoría publica federal tiene un sistema de ingreso para sus defensores y asesores, esto a través de exámenes de conocimientos y psicológico, su permanencia a través de la supervisión anual de su trabajo, de un sistema de calificación y capacitación permanente, y desde luego tener prestaciones laborales dignas, trabajo regulado que impide la saturación, las demás defensorías en su gran mayoría carecen de ello.

Esa diferencia sustancial hace que muchas de las defensorías locales contraten a abogados sin experiencia ya que el pago no es digno, o bien los abogados aceptan el cargo pero en forma alterna tienen diversos trabajos entre ellos el de defensa particular, o bien tienen exceso de trabajo, en cualquiera de los supuestos que pueden existir sin duda impacta en la calidad del servicio.

Así bajo ese contexto se ha normalizado que la defensa pública en una generalidad se considere de mala calidad, ya que desde el Estado no se ha dado la relevancia de esta institución, el hecho que el servicio vaya dirigido a los que sistemáticamente son olvidados, ello no significa que la institución por ello deba ser integrada por personal que no cubra requisitos mínimos, por el contrario, al tener esta noble tarea de proteger al pueblo en mayor situación de vulnerabilidad, debe estar conformado por los mas capaces abogados en su rama.

De ahí que debemos generar una defensoría nacional con el nombre que se le quiera imponer, defensoría del pueblo o defensoría pública nacional, como se quiera, lo importante es que exista una sola, que tenga los mismos parámetros de contratación de abogados, esto es: con experiencia, con controles de exámenes en la materia de derecho que se requiera, con perfiles de servicio, sensibilidad, humanismo, especializados, así también con supervisión continua y evaluaciones anuales, capacitación obligatoria, permanente y de calidad, con prestaciones laborales dignas, con un tope en los asuntos a conocer, con prohibición que puedan dedicarse a trabajos alternos, a efecto que su vida profesional la dediquen solo a la defensa pública, que cuente además con abogados indígenas, para lo cual se debera hacer la gran labor de buscarlos, y de encontrarlos encaminar políticas publicas para generar con el tiempo profesionales en derecho indígenas.

Tener una sola defensoría con ese andamiaje permite que el justiciable no ande de oficina en oficina buscando o mendigando un servicio, a la oficina que vaya es única y obtendrá el servicio de representación, también permitirá tener a abogados con experiencia, especializados, debidamente seleccionados, supervisados, evaluados, capacitados, pagados dignamente, que sin duda será escalón para que los que menos tienen tengan un servicio de defensa de calidad digno del derecho humano de acceso a la justicia.


Colaboración del Magistrado Benjamín Rubio

Una de las instituciones de gran nobleza del sistema judicial mexicano es la defensa pública, derecho humano contenido en el de articulo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce el derecho de acceso a la justicia.

Nuestro país desafortunadamente tiene un alto porcentaje de personas en situación de vulnerabilidad ya sea por pobreza, extrema pobreza o por no gozar de mínimos derechos humanos.

Esa circunstancia por si sola permite advertir que tenemos un grueso de personas que difícilmente acuden al sistema judicial por carecer de recursos económicos, por la distancia entre los lugares donde se vive y donde hay instancias de procuración de justicia o judiciales, o por ignorar los derechos que se tienen.

De ahí que se debe fortalecer el sistema de defensa publica, sobran millones de razones para realizarlo, pues son millones de personas que se encuentran en esa situación en nuestro país, y están colocados en desventaja para afrontar cualquier exigencia de derechos.

En nuestro Estado Mexicano se dividió la defensa publica por materias y competencias (local, federal, agraria y laboral), sin justificación constitucional alguna, simplemente por un seguimiento en la manera en que se dividió la soberanía de la justicia.

Así en nuestro sistema encontramos defensorías publicas locales, la defensoría publica federal, los procuradores del trabajo y los de materia agraria, es decir, muchas instituciones creadas para el mismo fin, pero diseñadas con diferentes visiones, presupuestos, y con sistemas organizacionales diversos.

Lo anterior es un problema que abona a tener una defensa publica débil en el país, en el que por regla general el justiciable desconfía de esta y el foro ha propagado la fama que ahí se otorga un mal servicio.

Afirmar lo anterior tiene sus razones, parecería que una buen defensa radica en la suerte de donde viva y el tipo de materia, porque dependiendo de ello será el tipo de defensor que tenga a mi disposición, si estoy frente a un problema de competencia federal, entonces será probable que la defensoría publica federal me designe el servicio y con ello tendré la oportunidad de recibir algo mejor, caso contrario si es un problema de competencia local en el cual la probabilidad de tener un buen servicio se reduce.

Y no me juzguen mal los compañeros defensores públicos locales, es un hecho notorio que con excepción de la defensoría pública federal, en su mayoría las demás defensorías carecen de un buen sistema de ingreso y permanencia de su personal, sus prestaciones laborales son indignas por tener bajos salarios, falta de capacitación permanente y tener en exceso de asuntos que impide a la larga tener tiempo suficiente para hacer buenas defensas, ademas de no tener la prohibición de dedicarse a otro servicio.

Solo a manera de ejemplo, la defensoría publica federal tiene un sistema de ingreso para sus defensores y asesores, esto a través de exámenes de conocimientos y psicológico, su permanencia a través de la supervisión anual de su trabajo, de un sistema de calificación y capacitación permanente, y desde luego tener prestaciones laborales dignas, trabajo regulado que impide la saturación, las demás defensorías en su gran mayoría carecen de ello.

Esa diferencia sustancial hace que muchas de las defensorías locales contraten a abogados sin experiencia ya que el pago no es digno, o bien los abogados aceptan el cargo pero en forma alterna tienen diversos trabajos entre ellos el de defensa particular, o bien tienen exceso de trabajo, en cualquiera de los supuestos que pueden existir sin duda impacta en la calidad del servicio.

Así bajo ese contexto se ha normalizado que la defensa pública en una generalidad se considere de mala calidad, ya que desde el Estado no se ha dado la relevancia de esta institución, el hecho que el servicio vaya dirigido a los que sistemáticamente son olvidados, ello no significa que la institución por ello deba ser integrada por personal que no cubra requisitos mínimos, por el contrario, al tener esta noble tarea de proteger al pueblo en mayor situación de vulnerabilidad, debe estar conformado por los mas capaces abogados en su rama.

De ahí que debemos generar una defensoría nacional con el nombre que se le quiera imponer, defensoría del pueblo o defensoría pública nacional, como se quiera, lo importante es que exista una sola, que tenga los mismos parámetros de contratación de abogados, esto es: con experiencia, con controles de exámenes en la materia de derecho que se requiera, con perfiles de servicio, sensibilidad, humanismo, especializados, así también con supervisión continua y evaluaciones anuales, capacitación obligatoria, permanente y de calidad, con prestaciones laborales dignas, con un tope en los asuntos a conocer, con prohibición que puedan dedicarse a trabajos alternos, a efecto que su vida profesional la dediquen solo a la defensa pública, que cuente además con abogados indígenas, para lo cual se debera hacer la gran labor de buscarlos, y de encontrarlos encaminar políticas publicas para generar con el tiempo profesionales en derecho indígenas.

Tener una sola defensoría con ese andamiaje permite que el justiciable no ande de oficina en oficina buscando o mendigando un servicio, a la oficina que vaya es única y obtendrá el servicio de representación, también permitirá tener a abogados con experiencia, especializados, debidamente seleccionados, supervisados, evaluados, capacitados, pagados dignamente, que sin duda será escalón para que los que menos tienen tengan un servicio de defensa de calidad digno del derecho humano de acceso a la justicia.


Colaboración del Magistrado Benjamín Rubio